Consecuencias del incumplimiento de la presentación del Informe ITE Sevilla

Consecuencias del incumplimiento de la presentación en plazo del informe de Inspección Técnica de la Edificación, Ficha Técnica de la Edificación y Compromiso de Ejecución y Conclusión Final.

1.     No podrá concederse ayuda a la rehabilitación total de la edificación que establezca la Gerencia de Urbanismo sin cumplir en plazo con la obligación de presentar la documentación completa sobre la Inspección Técnica de la Edificación.
En el caso de presentación fuera de plazo de la documentación completa de la Inspección Técnica de la Edificación ITE Sevilla quedará facultado, a partir de esa fecha, para solicitar las ayudas que la   Gerencia de Urbanismo tenga establecidas para la rehabilitación total de la edificación. No obstante ello, en el expediente de concesión de ayuda a la rehabilitación se deducirá del presupuesto protegible el importe estimado de las obras de conservación que será objeto de comprobación por los Servicios Técnicos de la Gerencia.
2.     El incumplimiento por parte del propietario de su obligación de cumplimentar en tiempo y forma la Inspección Técnica de la Edificación ITE Sevilla, constituye infracción grave, salvo que se subsane voluntariamente tras el primer requerimiento formulado al efecto por la Gerencia de Urbanismo, en cuyo caso tendrá la consideración de infracción leve.

Las cuantías mínimas de las sanciones a imponer serán:
a)     Infracciones leves: multa de 600 euros.
b)    Infracciones graves: multa de 3.000 euros.

A efectos de la necesaria graduación de la sanción a imponer, además de las circunstancias agravantes, atenuantes y mixtas,establecidas legal y reglamentariamente, se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias de naturaleza mixta:
a)     El grado de ocupación del edificio.
b)    Que el edificio presente patologías que supongan riesgo para la integridad física de las personas, ya sean las personas que ocupan el propio edificio, las personas que ocupan edificios colindantes o para las personas que puedan transitar por la vía pública.
El incumplimiento por parte del propietario de su obligación de cumplimentar en tiempo y forma la Inspección Técnica de la Edificación ITE Sevilla, constituye infracción muy grave y será sancionada con multa mínima de 6.000 euros cuando afecte a construcciones o edificaciones catalogadas. A efectos de graduar la imposición de sanciones, se tendrán en cuenta las circunstancias mixtas previstas en el párrafo anterior.
El procedimiento y competencia para la imposición de las sanciones procedentes será el establecido en la Sección Tercera del Capítulo 1.º del Título 7.º de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía y en las Normas de procedimiento administrativo común.
3.     Será documento preceptivo para acompañar a la solicitud de concesión de todo tipo de licencias de obras relativas a edificios cuyo plazo de presentación o renovación del Informe de Inspección Técnica haya expirado, salvo las de obras menores que se expresarán en el párrafo siguiente, la copia del ejemplar sellado del Informe de Inspección Técnica de la Edificación ITE Sevilla que queda en
poder del propietario o, en su defecto, declaración escrita responsable efectuada por el propietario de la finca estableciendo que ha
sido presentado en forma el Informe de Inspección Técnica de la Edificación relativo a la misma.
Las solicitudes de concesión de licencia de obras menores que no necesitan acreditar la presentación del Informe de Inspección Técnica de la Edificación, como documentación preceptiva, son aquellas que se refieren a obras que, sin referirse a elementos comunes de un edificio, tienen escasa entidad técnica e impacto urbanístico, no afectan al patrimonio protegido ni tienen repercusión
sobre la estructura del inmueble.
En todo caso debe existir coordinación permanente entre los Servicios que tramiten los informes de Inspección Técnica de la Edificación y las licencias de todo tipo de obras,  ajustándose los medios informáticos necesarios para ello, a fin de garantizar la correcta aplicación de lo dispuesto en este precepto
Si necesita ampliar información no dude en contactar con nosotros.

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